domingo, 4 de diciembre de 2011

Acción Pauliana


La acción pauliana consiste en un procedimiento legal beneficioso para el acreedor por el cual se pide la ineficacia a su respecto, de los actos de disposición del patrimonio realizado por su deudor en fraude y daño de sus legítimos derechos, esta acción busca pedir la revocacion de los actos realizados por el deudor en fraude y daño del acreedor.

Esta acción se fundamenta en el derecho general de garantía que posee el acreedor sobre el patrimonio del deudor, tanto de los bienes presentes como de los futuros, lo cual le confiere el derecho de vigilar para que dicho patrimonio no se reduzca en mengua de sus intereses, la acción pauliana parte del supuesto que consiste en que por una conducta positiva del deudor se realizan desplazamientos patrimoniales validos que desproporcionan la capacidad para hacerle frente a las deudas, ya que a partir de ese momento estas vienen a superar el activo del deudor y por esa circunstancia se genera perjuicio al acreedor, de esta manera se confiere la facultad de hacer valer su derecho de crédito con el ejercicio de esta acción que revoca el acto de desplazamiento con el fin del fortalecimiento del patrimonio del deudor. 

Las características principales de esta acción son, es una acción personal ya que no persigue directa o indirectamente los bienes, sino que se dirige contra el acto que disminuye el patrimonio del deudor, garantía general de acreedor, además, porque el acreedor actúa a título personal y no como la acción oblicua o subrogatoria que es a nombre ajeno, es subsidiaria por cuanto solo puede ejercitarse una vez que se hayan agotado vanamente todos los otros medios legales para satisfacer el derecho al crédito y es una acción rescisoria porque se plantea para impugnar un negocio jurídico valido y eficaz del deudor con un tercero. Por lo tanto el acreedor no podrá satisfacer su crédito, mientras no impugne el acto jurídico del deudor con el tercero.

Los requisitos para esta acción son el fraude del deudor como elemento subjetivo y el perjuicio del acreedor como elemento objetivo, se sostiene también que normalmente es suficiente el conocimiento por parte del deudor, del perjuicio que va a ocasionar a su acreedor, se le define al perjuicio de la siguiente manera:

1. Que ocasione una disminución de la garantía afectada al acreedor

2. Perjudicar substancialmente la exigibilidad del crédito en otras palabras, debe haber una relación de causa a efecto entre el fraude y el daño.

El perjuicio es elemento indispensable para que proceda la acción pauliana, mas solo se toma en cuenta cuando agrava o produce la insolvencia del deudor y esta debe probarse.

La finalidad de la acción pauliana no es anular un acto del deudor con un tercero, sino hacer exigible el crédito debido y si es posible recuperar el bien perdido o obtener una indemnización si este se pierde, cualquier persona puede ejercer este derecho mientras cumpla con los requerimientos, los actos impugnables son todos aquellos por los cuales el deudor haya empobrecido o disminuido su patrimonio.

Ejemplo:
Nathanael tiene una deuda de 2.500.000 colones con Gabriel por un préstamo que él le facilito para remodelaciones que quería hacer en su hogar, cuando el plazo de la obligación vence, Gabriel procede a cobrar el crédito a Nathanael pero se percata de que Nathanael no posee suficientes fondos o bienes para satisfacer esta deuda, pero Gabriel también se da cuenta que un carro que tenía Nathanael a su nombre ya no está y que este ahora está a nombre de el hermano mayor de Nathanael, por lo que Gabriel procede a ejercer una acción pauliana para impugnar este acto que disminuyo el patrimonio de Nathanael y así obtener el carro de vuelta para rematarlo porque el mismo fue pasado de manos gratuitamente o mejor dicho por donación a su hermano.

3 comentarios:

  1. Buenas tardes compañero!Me parece que su ensayo abarca los temas mas importantes de la lectura . Me gustaría agregar una característica de los sujetos involucrados en la acción Pauliana,los sujetos pasivos son dos : el deudor y el tercero, que son los accionados. El tercero adquiriente que procede de mala fe debe devolver los bienes con todos sus frutos e indemnizar por daños y perjuicios al acreedor accionante. El deudor debe pagar si el tercer adquiriente procedió de buena fe .

    Saludos.

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  2. Buenas noches!

    Compañero, el ensayo realmente abarca las temas mas relevantes de las lecturas, logrando así entender de un modo claro en que consiste la acción pauliana. En el ejemplo se ve bastante bien reflejada este tipo de acción ya que cumple con los requisitos primordiales de esta accion que son:
    Que el acto hubiera ocasionado una disminución al patrimonio del deudor,la existencia del perjuicio para el acreedor, debe de haber un reconocimiento del deudor de su insolvencia y por último requisito la complicidad del tercero.

    Gracias, saludos!

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  3. Es importantante tener en cuenta que la acción pauliana es rescisoria, no es una acción de nulidad, por ello en cuanto al ejemplo, no está correcto afirmar que la intención al revocar los actos o contratos efecutados en fraude del acreedor, sea obtener de vuelta los bienes, ya que justamente por ello es que se demanda tanto al deudor como al tercero que ha adquirido los bienes. Ian.

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